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¿cuáles son los requisitos para convertirse en ciudadano mexicano naturalizado?

viniendo de Estados Unidos, España, Guatemala, Belice, Argentina, Brasil, Chile, Francia, Colombia, Paraguay, y un largo etcétera, cientos o miles llegan a la República para trabajar, emprender o construir una familia.

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 30 que la nacionalidad mexicana se obtiene por nacimiento o naturalización.,>

a extranjeros que hayan prestado servicios o realizado trabajos relevantes en materia cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial que beneficien a la nación

a extranjeros que se casen con un hombre o mujer Mexicano

durante 1 año

a menores extranjeros que acrediten ser hijos adoptivos o descendientes hasta el segundo grado, sujetos a la patria potestad de mexicanos

a adultos extranjeros que fueron hijos adoptivos o descendientes hasta el segundo grado o p>

¿Cuál es la documentación necesaria?,

Un original y dos copias de lo siguiente deben ser remitidos a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE o a una de las delegaciones extranjeras

todas las páginas del documento migratorio vigente, incluyendo las pastas, ya sea con carácter temporal o permanente, expedidas por la Secretaría de Gobernación (Segob), a través de las cuales el interesado acredite su estancia legal., Y, de esa manera, la residencia en el país durante 1, 2 o 5 años anteriores a la fecha de la solicitud, según la modalidad elegida, que debe tener una duración mínima de seis meses después de la presentación de la solicitud.

Todas las páginas del pasaporte extranjero, incluidos los pasaportes. En caso contrario, el documento de identidad y de viaje como válido.

el certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por las autoridades federales y locales competentes, basado en el lugar de residencia.,

el certificado de nacimiento extranjero legalizado o apostillado y traducido al español si está en otro idioma. Un solicitante que sea considerado refugiado por la Segob puede ser excluido de este punto.

documentos legalizados-y traducidos al español-de origen extranjero que se presenten dentro de los procedimientos y formalidades contemplados por la Ley de nacionalidad y su reglamento correspondiente.

una carta bajo protesta indicando el número de salidas y llegadas desde y hacia el país en cuestión durante el último año, 2 o 5 años, según corresponda., Lo anterior es para el cómputo de las ausencias, mencionado en el artículo 21 de la Ley de nacionalidad. No deben exceder de 180 días en 2 años.

escrito donde se renuncia expresamente a la otra nacionalidad, protestando el cumplimiento de las leyes y autoridades mexicanas.

comprobante de pago de tasas.

dos fotografías recientes a color en tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 centímetros) con fondo blanco, Vista frontal, sin gafas y cabeza descubierta.

certificado de matrimonio o la inserción en el certificado del matrimonio celebrado en el extranjero, proporcionado por el registro civil si corresponde.,

documentos expedidos por universidades u organismos públicos que acrediten la prestación de servicios u obras destacadas en material cultural, social, científico, técnico, artístico, deportivo o empresarial que beneficie a la nación, en su caso.

Además, autentique que habla español, conoce la historia de México y está incorporado a la cultura nacional. Por lo tanto, es necesario pasar una prueba de conocimiento. Para los refugiados, los menores y los mayores de 60 años, será suficiente demostrar que hablan español con fluidez.

¿cuáles son los pasos?,

obtener prueba de ausencia de antecedentes penales a nivel federal (en el órgano administrativo descentralizado de prevención y Readaptación Social), local (Procuraduría General de Justicia de la ciudad de México) o estatal por no más de tres meses y recogerlo en Avenida Coyoacán #1635, Colonia Del Valle Sur, Código Postal 03104, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.

pago de tasas. Para la recepción, estudio y, en su caso, expedición de la carta, el monto es de 5255 pesos.

revisión de documentos en la delegación de la SRE de la CDMX o extranjeros.,

aprobar el examen de Historia y cultura mexicana y, si corresponde, el examen de comprensión de español el mismo día en que se entregan los documentos. Si falla, debe esperar 10 días hábiles para presentar la solicitud y volver a probar. Solo puede intentarlo dos veces más; de lo contrario, tendrá que esperar un año a contar desde el día siguiente a la aplicación de la más reciente.

Retirar la carta de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE.

¿cuánto tiempo tarda?,

en teoría, el Secretario de Relaciones Exteriores solicitará la opinión del Instituto Nacional de migración (INM) sobre la solicitud de naturalización dentro de los 15 días hábiles (3 semanas), y este último deberá emitirla dentro de los 45 días hábiles (casi 2 meses).

sin embargo, como en cualquier procedimiento burocrático, esto puede tomar menos o más tiempo si las autoridades exigen más información al solicitante.

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